Diferencia entre CTS, Liquidación y Gratificación

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En el ámbito laboral peruano, es esencial entender las diferencias entre la CTS, la liquidación y la gratificación. Estos conceptos son fundamentales para asegurar que los trabajadores reciban todos los beneficios a los que tienen derecho. Este artículo proporciona una explicación detallada de cada uno de estos componentes y cómo se calculan.

¿Qué es la CTS, gratificación y la liquidación?

CTS

La CTS (Compensación por Tiempo de Servicios) es un fondo de contingencia que se deposita en mayo y noviembre de cada año. El objetivo es que el trabajador tenga un respaldo económico al finalizar su relación laboral. El monto a depositar equivale a un doceavo del sueldo mensual más una doceava parte de la gratificación.

Liquidación

La liquidación es el pago de todos los beneficios y derechos acumulados al finalizar la relación laboral, ya sea por renuncia, despido o término de contrato. Incluye sueldos pendientes, gratificaciones, vacaciones no gozadas y la CTS acumulada. También puede incluir indemnizaciones dependiendo de la causa de finalización del empleo.

Gratificación

La gratificación es un beneficio económico adicional que se otorga dos veces al año, en julio y diciembre. El monto equivale a un sueldo completo más una bonificación extraordinaria del 9% sobre el sueldo por cargas sociales. Este pago se realiza a todos los trabajadores en planilla que han trabajado al menos un mes en la empresa.

¿Cuánto es el monto de la Gratificación?

El monto de la gratificación equivale a un sueldo completo más una bonificación extraordinaria del 9% sobre el sueldo por cargas sociales. Este beneficio se paga en julio y diciembre.

Gratificación = [(Sueldo Mensual / 6) * # de Meses Trabajados] + 9% de Bonificación Extraordinaria

  • Sueldo Mensual es el salario bruto (sueldo total sin descuentos) que recibe el trabajador.
  • Bonificación Extraordinaria: corresponde al 9% de la gratificación, que es la contribución al seguro social (ESSALUD) que la empresa deja de pagar por la gratificación. Si estás en EPS el monto de bonificación será de 6.75%.

Ejemplo
El sueldo de Juan es de 3000 soles brutos, se encuentra laborando desde la quincena de febrero y tiene el seguro de Essalud:
Gratificación = [(3,000 / 6) * 4] + 9%
Gratificación = 2000 + 180
Gratificación = S/ 2180

Ten en cuenta que tendrías que trabajar desde el primero de febrero para que se cuenten los 5 meses y desde el primero de enero para que se cuenten los 6 meses.

¿Cuánto es el monto de la CTS?

El monto de la CTS se calcula como un doceavo del sueldo mensual más una doceava parte de la gratificación por cada mes trabajado. Este depósito se realiza dos veces al año, en mayo y noviembre.

CTS = [(Sueldo Mensual + 1/6 de la Gratificación) * Meses Completos Trabajados] / 12)

Ejemplo
El sueldo de Luis es de 2500 soles, ingresó a la empresa el 10 de febrero y no ha recibido gratificación.
CTS = [(2500 + 0) * 2] / 12
CTS = (5000) / (12)
CTS = 416.7

Recuerda que se contabilizan dos meses porque Luis trabajó solo dos meses completos (Marzo y Abril).

¿Cuánto es el monto de la Liquidación?

El monto de la liquidación incluye todos los beneficios acumulados: sueldos pendientes, gratificaciones proporcionales, vacaciones no gozadas, y CTS acumulada. También puede incluir indemnizaciones dependiendo de la causa de finalización del empleo.

Fórmula de la Liquidación

  1. CTS Trunca: CTS Trunca = (Sueldo Mensual + (1/6 de la Gratificación)) x (Meses Trabajados / 12)
  2. Vacaciones Truncas: Vacaciones Truncas = (Sueldo Mensual / 30) x Días Pendientes + (Sueldo Mensual / 30) x Días Proporcionales
  3. Gratificación Trunca: Gratificación Trunca = (Sueldo Mensual / 6) x (Meses Completos Trabajados / 6)

Ejemplo Práctico

Datos del trabajador:

  • Sueldo Mensual: S/ 1,800
  • Fecha de cese: 15 de agosto de 2023
  • Fecha de inicio: 1 de febrero de 2022
  • Días de vacaciones pendientes: 15
  • Meses trabajados en el periodo de CTS: 3.5 (mayo a agosto)
  • Meses completos trabajados en el periodo de gratificación: 1 (julio)

Cálculos:

  1. CTS Trunca: CTS Trunca = (S/ 1,800 + S/ 300) x (3.5 / 12) = S/ 612.50
  2. Vacaciones Truncas: Vacaciones Truncas = (S/ 1,800 / 30) x 15 + (S/ 1,800 / 30) x 6.5 = S/ 1,290
  3. Gratificación Trunca: Gratificación Trunca = (S/ 1,800 / 6) x 1 = S/ 300

Liquidación Total: Liquidación Total = CTS Trunca + Vacaciones Truncas + Gratificación Trunca = S/ 612.50 + S/ 1,290 + S/ 300 = S/ 2,202.50

Comprender las diferencias entre la CTS, la liquidación y la gratificación es vital para todos los trabajadores en Perú. Estos beneficios aseguran que los empleados reciban un respaldo económico justo y adecuado durante y después de su periodo laboral. Estar informado sobre estos temas permite a los trabajadores hacer valer sus derechos y planificar mejor su futuro financiero.


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